Proceso de Certificación

INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO

Al ingresar una solicitud de certificación en cualquiera de los esquemas o modalidades de certificación antes señaladas, es necesario haber llevado a cabo las pruebas al producto en un laboratorio acreditado, aprobado y subcontratado por ONALEC y contar con el informe de resultados correspondiente. La vigencia de los informes de resultados para fines de certificación dependerá del esquema o modalidad de certificación. Los laboratorios subcontratados se pueden consultar en el Listado de laboratorios (FOP-28).

CONTRATO DE CERTIFICACION

Los clientes que por primera vez aplicarán para los servicios de certificación y que por lo tanto no cuenten con un registro en ONALEC deberán presentar por única ocasión la siguiente documentación la cual podrá ser ingresada de forma impresa o por medios electrónicos:

  1. Contrato de prestación de servicios de certificación (FOP-01). El contrato debe estar debidamente requisitado y firmado en la última página por el representante legal, así como estar rubricado o firmado en cada una de sus páginas, lo anterior para asegurar el conocimiento de las responsabilidades y compromisos adquiridos con el servicio solicitado por parte del cliente. Se debe presentar en duplicado.
  2. Acta constitutiva y/o Poder notarial de la persona moral que acredite al representante legal, constancia de situación fiscal de la empresa e identificación oficial del representante legal. En caso de personas físicas solo se requerirá identificación oficial y constancia de situación fiscal.
  3. En caso de que uno o varios representantes autorizados realicen las gestiones para obtener el certificado, es necesario presentar carta poder simple a favor del representante autorizado, firmada por el representante legal, el poder puede presentar o no la firma de la persona que recibe el poder. Se debe anexar las identificaciones oficiales de los representantes autorizados.

SOLICITUD DE CERTIFICACION

ONALEC limita sus requisitos, evaluación, revisión, decisión y seguimiento (cuando sea aplicable), al alcance y esquema o modalidad de certificación aplicables.

Las políticas y los procedimientos bajo los cuales opera ONALEC no son discriminatorios. ONALEC no utiliza procedimientos diferentes a aquellos de los procedimientos de la evaluación de la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas en las que este acreditado, que impidan o inhiban el acceso de los solicitantes a la certificación.

Se lleva a cabo una revisión de la información del cliente, en el caso de que haga falta algún documento, se informa al cliente la documentación faltante, la cual será solicitada durante el proceso de certificación, previo a la emisión del certificado.

SEGUIMIENTO

Al obtener el certificado de producto es necesario llevar a cabo visitas de seguimiento para verificar que el  producto sigue cumpliendo con los requisitos bajo la norma con la que se certificó.

El organismo de certificación enviará al cliente una notificación por medios electrónicos para programar y coordinar la visita correspondiente al certificado emitido.

Para atender la visita de seguimiento deberá tener disponible:

  • Contrato de prestación de servicios de certificación
  • Expediente de certificación
  • Producto físico

En caso de que el resultado del seguimiento a la certificación haya sido favorable y se haya cumplido con todo lo establecido en el esquema o modalidad de certificación que corresponda, se podrá renovar el certificado por un periodo igual al que se emitió el certificado inicialmente.

USO DE MARCA Y CONTRASEÑA OFICIAL

Al obtener el certificado del producto, el cliente podrá utilizar la contraseña oficial NOM conforme a los lineamientos de la norma NOM-106-SCFI-vigente, así como la marca autorizada de ONALEC, S. de R.L. de C.V. Lo anterior con base a lo estipulado en el Contrato de prestación de servicios de certificación, y en su caso, con    lo establecido en el esquema o modalidad de certificación.

LISTA DE PRECIOS

ONALEC, S. de R.L. de C.V. cuenta con un listado de precios vigente, en el cual se especifican los costos para todos y cada  uno de los servicios que ofrece, cualquier cambio en esta, se publicará con anticipación en la página del organismo de certificación. Todos los costos que se deriven del proceso de certificación, y en su caso, el seguimiento al certificado, serán cubiertos por el cliente.

Todos los ingresos de ONALEC, S. de R.L. de C.V. se obtienen del cobro de los servicios de certificación que ofrece.

QUEJAS Y APELACIONES

Las quejas y apelaciones, y en su caso, sugerencias o felicitaciones, pueden ser recibidas de manera personal en el buzón ubicado en las instalaciones de ONALEC en formato libre o en el formato Registro para la atención de quejas, apelaciones o sugerencias (FSG-04) y/o por algún medio electrónico.

La queja, apelación o sugerencia debe indicar el nombre de la persona que la presenta y cuando aplique, anexar los documentos o evidencias que crea pertinentes como apoyo o respaldo de la misma.

La Dirección y/o el Gerente de Certificación se encargarán de enviar el acuse de recibido al interesado, notificando el número de referencia correspondiente para darle seguimiento.

La decisión para resolver la queja o apelación se toma, revisa y aprueba por personas que no estén involucradas en la queja o apelación. ONALEC proporcionará una notificación formal del resultado y la finalización del proceso de queja o apelación.

ALCANCE DE LA CERTIFICACION

Para otorgar, mantener, ampliar o reducir el alcance de la certificación, así mismo, suspender, retirar o denegar la certificación, será con base al Contrato de prestación de servicios de certificación (FOP-01), procedimiento general de certificación, procedimiento de renovación, suspensión y cancelación de certificados y uso de marca, así como lo establecido en los esquemas o modalidades de certificados incluidos en los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

OBLIGACIONES

En el contrato de prestación de servicios de certificación se establecen las obligaciones del titular del certificado, entre otras se tiene lo siguiente:

  1. Dar las facilidades necesarias al personal de ONALEC para la realización de las visitas de seguimiento al producto certificado, ya sea de forma programada o aleatoria, considerando que dichas visitas se realizan con el objetivo de verificar que los productos certificados continúan cumpliendo con la norma de referencia, pudiendo considerarse pruebas de laboratorio.
  2. Realizar cuando sea aplicable y en coordinación con ONALEC, cualquier medida correctiva para resolver cualquier incumplimiento del producto con base en la norma de referencia.
  3. Mantener un registro de todas las quejas presentadas y relacionadas con el cumplimiento del producto y con los requisitos de la norma de referencia; así como también, mantener estos registros y control de estos para que en las vistas de seguimiento se encuentren disponibles cuando el personal de ONALEC lo solicite, así mismo asegurar que las acciones correctivas se documenten.
  4. Implementar los cambios o nuevos requisitos en el proceso de certificación y/o del producto que ONALEC le haya informado con anticipación.
  5. Hacer declaraciones coherentes sobre el alcance de la certificación obtenida.

Diagrama de Flujo